domingo, 11 de abril de 2010

Reseña 2

MOLINA, Víctor “Análisis de las metodologías fiscales y financieras para el ajuste por inflación establecido en la ley de impuesto sobre la renta y la declaración de los principios de contabilidad 10” Actualidad contable FACES, Año 9 Nº 13 julio- diciembre 2006, Mérida, Venezuela 54-67.

Análisis: La inflación como sabemos es un mal que padecen todos los países desde los mas desarrollados hasta los que están en vía de desarrollo.
Esta enfermedad es producto factores netamente económicos, especialmente cuando no hay equilibrio entre los bienes y servicios que produce un país y la masa monetaria que circula en el mismo o cuando existe demasiado dinero en búsqueda de pocos bienes y servicio en una economía. En el caso especifico de Venezuela esta la producción de dinero inorgánico, esto se debe al déficit fiscal, originando a su vez, por los gastos excesivos en los cuales han incurrido los distintos gobiernos, para cubrir el gran déficit financiero que las empresas del sector publico han ocasionado al estado venezolano.
En medio de esta situación obligatoria de cada país se ven afectas las empresas, donde incluimos los pago de los impuestos es el caso especifico de ISLR el cual el gobierno nacional venezolano establece el ajuste por inflación fiscal, con la finalidad de que el contribuyente pague por sus impuestos sobre una base real y no de forma irreal, este ajuste es promulgado en el año 1991,seguido a este la federación de colegio de contadores públicos de Venezuela promulgo la declaración de principios establecidos Nº 10 (DPC 10), la cual establece la obligación de ajustar los estados financieros básico, por efectos de la inflación como salida para evitar que las empresas tomen decisiones incorrectas.
El ajuste por inflación fiscal llevarse a cabo en dos etapas, al primero se le denomina “ajuste inicial por inflación” y al segundo “ajuste regular “. La intención y oportunidad en que debe emplearse tales ajuste fiscales son diferentes y no deben realizarse el ajuste regular, sin antes haberse efectuado el ajuste inicial.
Mientras que el ajuste que promueve el colegio de contadores a través del método mixto produce un resultado por tendencia realizado, el cual se ocasiona cuando los inventarios que están valorando a costos corrientes se venden, y los activos fijos que asimismo están a costo de mercado se deprecien. El resultado por tendencia relazado se lleva al estado de ganancia y pérdidas y el mismo permite que los resultados del ejercicio económico sean iguales a los obtenidos por el método del nivel general de precios.
Las semejanzas que presentan ambos metodologías es que tienen objetivos similares, aunque diferentes propósitos, la base de ambos ajuste es el costo histórico, Ambas metodologías utilizan para medir el poder adquisitivo del dinero y por ende de la inflación, el índice nacional de precios al consumidor.
Aun así presentan diferencias tan puntuales como que El ajuste financiero es una norma emitida por la federación de colegio de contadores públicos de Venezuela, pues funciona como una declaración de principios de contabilidad en Venezuela. El ajuste fiscal por su parte se encuentra inmerso en la ley del impuesto sobre la renta y están obligados a realizarlo todas las personas naturales o jurídicas que se dedique a actividades comerciales, industriales, bancarias, de seguro, minera o petrolera.

Ambas metodologías no arrojan los mismos resultados, por que la filosofía de una en comparación con la otra son totalmente diferente, la DPC 10 busca medir o evaluar la eficiencia de la empresa a través de las gerencias, mientras la ley de impuesto sobre la renta solo busca producir un efecto en la renta gravable del contribuyente sin importar si este es eficiente o no con el manejo de la inflación.

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